Requisitos mínimos

Toda información que necesitas para las Buenas Prácticas Agrícolas para Frutas y Hortalizas

REQUISITOS MÍNIMOS

Documentación obligatoria

Acciones legales nacionales y/o provinciales que regulan sobre los requisitos mínimos obligatorios para cumplir por parte del productor de hortalizas y frutas frescas, que permitirán mitigar los peligros biológicos, físicos y químicos que pueden estar presentes en estos productos.


Disposición Conjunta 13/2007 y 154/2007


Inscripción obligatoria en Renspa.

Resolución 31/2015


Aprobación del Documento de Tránsito Vegetal.- DTV

Disposición 3-E/2018


DTV para Pimiento, durazno y pelón.

Disposición conjunta 3/2018


DTV para raíces, bulbos y tubérculos.

Resolución 145/1983


Inscripción de empaque de frutas frescas cítricas.

Resolución 554/1983


Frutas frescas no cítricas.

Resolución 58/2007 RENSPA


Marca comercial e identificación con Renspa.


Ventanillas Únicas para registración:

Físicas: Mercado Regional de La Plata

“Online” digital:

Productos fitosanitarios

Acciones legales nacionales y/o provinciales que regulan sobre los requisitos mínimos obligatorios para cumplir por parte del productor de hortalizas y frutas frescas, que permitirán mitigar los peligros biológicos, físicos y químicos que pueden estar presentes en estos productos.


Resolución 608/2012


Límites Máximos de Residuos.

Resolución 148/2007


Monitoreo para detectar la presencia de residuos en Mercados.

Ley 27279


Gestión de los envases vacíos de fitosanitarios.

Decreto 134/18


Sistema de Gestión Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios.

Resolución SENASA 829/18


Cultivos principales/mayores de la República Argentina.


  • Grupo de trabajo Interministerial Buenas Prácticas en Materia de Aplicaciones de Fitosanitarios

    – Resolución Conjunta MA-MAyDS No 1/2018 –
  • Boletín Oficial - 19/02/2018

    – Resolución Conjunta 1/2018 –

Receta agronómica

Agua

Acciones legales nacionales y/o provinciales que regulan sobre los requisitos mínimos obligatorios para cumplir por parte del productor de hortalizas y frutas frescas, que permitirán mitigar los peligros biológicos, físicos y químicos que pueden estar presentes en estos productos.

Instructivo para la Toma de Muestra de Agua

Lo más importante es tratar que la muestra de agua sea homogénea y representativa, y por sobre todo que en la extracción no se modifiquen las propiedades del agua a analizar.

Para un análisis físico químico se requieren 2 Litros de agua.

Preferentemente se debe tomar la muestra en un envase de vidrio; puede usarse envase de plástico.

Es necesario que el envase se encuentre perfectamente limpio (para esto debe lavarse con jabón o detergente, enjuagar varias veces con agua potable y por último enjuagar con el agua a analizar), y que su tapa o cierre no permita la salida del líquido, ni tampoco la entrada de elementos contaminantes.

Si el agua a analizar es de un sistema de distribución, se abre el grifo, se deja correr 4 ó 5 minutos (ya que el volumen próximo a la punta de la canilla sufre corrosión) y se toma la muestra.

Cuando la muestra proceda de ríos, arroyos, lagos, estanques, etc., se tratará de efectuar las tomas lejos de las costas y a mediana profundidad, evitando hacerlo en sitios afectados por aportes accidentales de otros cursos y descargas de líquidos industriales, pluviales o cloacales.

Siempre se destapará el recipiente y rápidamente será sumergido a una profundidad de 20 cm., tomándolo del cuello. Si hay corriente, la boca del recipiente se orientará en sentido contrario a ella. Si no hay corriente, se moverá el recipiente en semicírculo. Una vez lleno, se levantará rápidamente y se tapará de inmediato.

Si el agua a analizar es de un pozo excavado o fuente similar, el procedimiento es el mismo que en el caso anterior.

En todos los casos se llena completamente el envase y se tapa. Es importante que no quede cámara de aire en el envase. Mantener la tapa en mano. Rotular y enviar al laboratorio.

La muestra recogida se identificará debidamente; de preferencia fijando una etiqueta rotulada al recipiente. La identificación deberá incluir: nombre del muestreador, remitente, solicitante, fecha de la toma, lugar de procedencia, tipo de análisis requerido (aptitud para riego, consumo animal), fuente de provisión (si es de origen superficial indicar río, arroyo, laguna, estanque o lo que corresponda). Si es de origen subterráneo indicar pozo surgente, semisurgente, de balde, etc., profundidad de la napa, distancia y orientación de los pozos negros más próximos y todo otro dato que se considere de interés.

El envío debe ser en forma refrigerada ó a temperatura no muy alta, ya que hay varios parámetros (nitratos, nitritos, amoníaco) que pueden modificarse por efecto del calor debido a la proliferación microbiana.

La muestra debe ser enviada al laboratorio inmediatamente después de la toma, en caso contrario debe mantenerse refrigerada.

Cuanto menor sea el tiempo transcurrido desde la toma hasta el envío al laboratorio, más exactos serán los resultados obtenidos.

En los casos en que a la muestra se le realizará el examen microbiológico, se deben utilizar recipientes de recolección estériles.

La toma de muestra para el examen bacteriológico, debe efectuarse con el mayor cuidado posible. Una contaminación accidental en el momento de la obtención, el envío de la muestra en condiciones inadecuadas o cualquier otro descuido durante la extracción, hacen variar fundamentalmente los resultados del examen, e impiden por lo tanto deducir conclusiones sobre la calidad bacteriológica del agua.

Toma de muestras de un grifo situado en una cañería de agua corriente

Se elige un grifo que esté conectado directamente con la cañería de distribución, es decir, que el ramal donde el grifo se encuentra no esté en comunicación con tanques domiciliarios, filtros ablandadores u otros artefactos similares.

Se quitan del grifo los tubos de goma o dispositivos destinados a evitar el salpicado. Luego se limpia la boca del grifo, cuidando de eliminar la suciedad que a veces se acumula en la parte interna del orificio. Después se deja salir agua abundante durante 2 ó 3 minutos y se cierra perfectamente el grifo para esterilizarlo. Es importante comprobar, en este momento, si existen pérdidas de agua por la válvula de cierre, pues en tal caso es prácticamente imposible efectuar una buena esterilización y conviene desechar ese grifo por otro mejor.

Se esteriliza el grifo calentándolo durante un par de minutos con la llama de una lámpara de alcohol o de nafta (lámpara para soldar), o un hisopo de algodón embebido en alcohol.

Se abre con cuidado y se deja salir el agua durante medio minuto en forma tal que el chorro no sea intenso. Sosteniendo el frasco por la parte inferior se destapa cuidadosamente.

Evitando todo contacto de los dedos con la boca del frasco, se llena y se tapa.

Toma de muestra de un grifo situado en la cañería de un pozo semisurgente

Puede tratarse del grifo de una bomba accionada a mano o molino o a motor.

Conviene elegir un grifo que está comunicado directamente con la cañería ascendente del pozo, salvo que por circunstancias especiales se desee conocer la calidad del agua del depósito intermediario o que por lo general, se encuentra a continuación del pozo (tanque elevado de molino, depósito de reserva, etc.).

Se realiza el mismo procedimeinto sobre el grifo que para el grifo situado en una cañería de agua corriente y se deja salir el agua libremente, si se trata de un pozo en uso continuo, basta dejar correr el agua durante media hora, si el pozo en cambio, se utiliza muy poco o está fuera de servicio, se debe dejar salir el agua durante 5 horas como mínimo.

  • Manejo de Suelos

    Técnicas de Toma y Remisión de Muestras de Suelos

Aguas de Riego:

Como extraer Muestras:

➢ Instructivo para la Toma de Muestra de Agua
➢ Toma de muestras de un grifo situado en una cañería de agua corriente
➢ Toma de muestra de un grifo situado en la cañería de un pozo semisurgente


Régimen de Gestión Ambiental de Aguas

Ley 25.688

Establécense los presupuestos mínimos ambientales para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Utilización de las aguas. Cuenca hídrica superficial. Comités de cuencas hídricas.

Sancionada: Noviembre 28 de 2002.

Promulgada: Diciembre 30 de 2002.

Ley por provincias

Manipulación

Acciones legales nacionales y/o provinciales que regulan sobre los requisitos mínimos obligatorios para cumplir por parte del productor de hortalizas y frutas frescas, que permitirán mitigar los peligros biológicos, físicos y químicos que pueden estar presentes en estos productos.


Resolución 71/99


Anexo Guía de Buenas Prácticas de Higiene y Agrícolas para la Producción Primaria (cultivo-cosecha), Empacado, Almacenamiento y Transporte de Hortalizas Frescas - Puntos 4.4 y 4.5.4.

Animales

Acciones legales nacionales y/o provinciales que regulan sobre los requisitos mínimos obligatorios para cumplir por parte del productor de hortalizas y frutas frescas, que permitirán mitigar los peligros biológicos, físicos y químicos que pueden estar presentes en estos productos.


Resolución 510/2002


Anexo Guía de Buenas Prácticas de Higiene, Agrícolas y de Manufactura para la producción primaria (cultivo-cosecha), acondicionamiento, empaque, almacenamiento y transporte de frutas frescas – Punto 4.3.7. Animales en el huerto.

Uso de fertilizantes orgánicos y enmiendas

Acciones legales nacionales y/o provinciales que regulan sobre los requisitos mínimos obligatorios para cumplir por parte del productor de hortalizas y frutas frescas, que permitirán mitigar los peligros biológicos, físicos y químicos que pueden estar presentes en estos productos.


Resolución 264/2011


Reglamento para el registro de fertilizantes, enmiendas, sustratos, acondicionadores, protectores y materias primas en la República Argentina”.

Resolución 264/2011


El Secretario de Control y Monitoreo Ambiental y el Presidente de SENASA publicaron la Resolución Conjunta 1/19 sobre el Marco Normativo para la Producción, Registro y Aplicación de Compost publicada en el Boletín Oficial el 7 de enero de 2019. Esta normativa es otra regulación requerida para dar cumplimento y fiscalización a uno de los puntos obligatorios de la norma BPA.

Resolución Conjunta MA-MAyDS No 1/2018


Grupo de trabajo interministerial sobre Buenas Prácticas en materia de aplicaciones de fitosanitarios.

Resolución conjunta 1/2019


Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental y Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Asistencia técnica

El acceso a Resolución Conjunta 5/2018 en su Artículo1°, punto 2.7 indica que: “... la capacitación de los asistentes técnicos será obligatoria a través de un curso con certificado oficial y actualización periódica..."

Podrá encontrar más información referida a este tema en la sección de capacitación.


Resolución 61/2005


Crea la figura del Implementador y el Registro Público Nacional de Implementadores de Sistemas de Gestión de la Calidad Agroalimentaria

Resolución Conjunta 5/2018


En su Articulo 1°, punto 2.7 indica que: “… la capacitación de los asistentes técnicos será obligatoria a través de un curso con certificado oficial y actualización periódica..”

Registro de profesionales capacitados aprobados y habilitados en BPA Frutihorticola.

Otras regulaciones respaldatorias de las BPA

Resolución 297


Normas de tipificación, empaque y fiscalización de las hortalizas frescas con destino a los mercados de interés nacional.

Resolución (SAGPyA) 323/09


Antecedentes de la Creación de la Comisión Nacional de Buenas Prácticas Agrícolas. Integración. Bs. As., 12/5/2009.

Resolución 148/2007


“Sistema de Control de Productos Frutihortícolas Frescos”, SICOFHOR. Obligatorio que los mercados mayoristas de Frutas y Hortalizas Frescas implementen un Plan Anual de Monitoreo para detectar la presencia de residuos de plaguicidas y de contaminantes microbiológicos

Resolución 71/99 y Resolución 510/2002


Guía de Buenas Prácticas de Higiene y Agrícolas para la Producción Primaria.

Buenas Prácticas Agrícolas para Frutas y Hortalizas

Contacto
bpa@magyp.gob.ar
4349-2043/2692