El Código Alimentario Argentino fue puesto en vigencia por la Ley 18.284 -reglamentada por el Decreto 2126/71-. Se trata de un reglamento técnico en permanente actualización que establece disposiciones higiénico-sanitarias, bromatológicas y de identificación comercial que deben cumplir las personas físicas o jurídicas, los establecimientos y los productos que se enmarcan en su órbita.
Esta normativa tiene como objetivo primordial la protección de la salud de la población, además de velar por más posibilidades de acceso a alimentos que tengan tanto garantía de inocuidad como un valor agregado en calidad.
En ésta sección encontrará las normas del Código Alimentario Argentino, la cual cuenta con más de 1400 artículos divididos en 22 capítulos que incluyen disposiciones referidas a condiciones generales de las fábricas y comercio de alimentos, a la conservación y tratamiento de los alimentos, el empleo de utensilios, recipientes, envases, envolturas, normas para rotulación y publicidad de los alimentos, especificaciones sobre los diferentes tipos de alimentos y bebidas, coadyuvantes y aditivos, entre otros.
Capitulo | Tema | Artículo |
I | Disposiciones Generales | 1 al 11 |
II | Establecimientos | 12 al 154 |
III | Normas Generales Alimentos | 155 al 183 |
IV | Envases | 184 al 219 bis |
V | Rotulación | 220 al 246 |
VI | Alimentos Carneos | 247 al 519 |
VII | Alimentos Grasos | 520 al 552 tris |
VIII | Alimentos Lácteos | 553 al 642 bis |
IX | Alimentos Farinaceos | 643 al 766 |
X | Alimentos Azúcarados | 767 al 818 bis |
XI | Alimentos Vegetales | 819 al 981 |
XII | Bebidas Analcoholicas | 982 al 1079 bis |
XIII | Bebidas Fermentadas | 1080 al 1107 |
XIV | Bebidas Alcoholicas | 1108 al 1136 bis |
XV | Productos Estimulantes | 1137 al 1198 |
XVI | Correctivos y Coadyuvantes | 1199 al 1338 |
XVII | Alimentos Dieteticos | 1339 al 1390 |
XVIII | Aditivos | 1391 al 1406 |
XIX | Harinas, ETC Proteinicos | 1407 al 1412 |
XX | Metodología Analítica Oficial | 1413 al 1414 |
XXI | Procedimientos | 1415 al 1416 |
XXII | Misceláneos | 1417 |
Disposiciones Especiales | ||
Este decreto del Poder Ejecutivo Nacional estableció el Sistema Nacional de Control de Alimentos (SNCA) con el objetivo de asegurar el cumplimiento del Código Alimentario Argentino (CAA), derogando el Decreto 2194/94 que establecía un régimen similar para el control de los alimentos y sus establecimientos productores. Tiene como finalidad asegurar el cumplimiento del CAA que es la norma fundamental del SNCA.
El reglamento está subdividido en 30 capítulos que contienen disposiciones referidas a definiciones generales de los términos empleados, al régimen de habilitaciones, a aspectos constructivos e instalaciones de los establecimientos, de la inspección post-mortem y el examen ante-mortem, a obligaciones de los distintos tipos de establecimientos elaboradores de productos cárnicos, a la definición de los productos y a los requisitos para su elaboración, al uso de aditivos, a la clasificación y definición de aves, huevos y productos de la pesca así como a los requisitos para su elaboración, a las obligaciones de los establecimientos elaboradores de subproductos incomestibles, al embalaje y la rotulación, a los certificados sanitarios, al transporte de productos, subproductos o derivados de origen animal, a las fundaciones de asesoramiento y al régimen de penalidades.
+ Ver Decreto Nº 4238/68Se presenta una clasificación de manera de agilizar la búsqueda.
- Acuicultura - Biotecnología Agropecuaria - Pesca marítima - Trazabilidad - Vitivinicultura
- Productos Agroquímicos: Fertilizantes, Fitosanitarios
- www.senasa.gov.ar
Apícola - Aromáticas - Auspicios SAGPyA - Bebidas - Carnes - Cereales - Código Alimentario - Comercio exterior - Frutas - Golosinas - Hortalizas - Industria Alimentaria - Lácteos - Oleaginosas - Olivo - Otros - Pesca - Salud - Sanidad