Exportación

Primeros pasos para exportar alimentos

Costa Rica


Costa Rica ha conseguido aumentar los tratados de libre comercio para dar un mayor impulso a la exportación - importación. Es un país con una economía estable basada en el turismo, la agricultura y la exportación de algunos productos.

La exportación en este país ha crecido notablemente en los últimos años. También hay que destacar que el crecimiento de inversiones extranjeras en Costa Rica y el afincamiento de grandes empresas y multinacionales han fortalecido fuertemente la economía de este país. Sus principales puertos son Caldera, Moin y Limón.

Hay ciertos prerequisitos cuyo cumplimiento pueden asegurar el éxito de la exportación a Costa Rica: Es importante visitar este país ya sea individualmente o participando en ferias y exposiciones. Ello le permitirá identificar compradores, evaluar la demanda potencial, familiarizarse con las características del nuevo mercado así como contactar a importadores, agentes comerciales y distribuidores.

Se deben conocer y respetar los requerimientos del importador costarricense, así como los reglamentos gubernamentales. En especial se debe tener previamente información sobre la existencia de requisitos fitosanitarios, de embalaje, metodología para el ingreso de muestras sin valor comercial, etc. Conviene colocar a cargo de las órdenes de exportación a una persona experimentada que responda sin demora a los clientes potenciales. Así se podrán satisfacer las necesidades y solicitudes del importador con puntualidad y manteniendo la calidad prometida.


1. Importador registrado

Todo importador debe registrarse ante el Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera (ONVVA) de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda.

2. Intervención de un auxiliar de la función pública:

La legislación costarricense establece que los trámites de nacionalización de productos y mercancías deben ser realizados por un agente de aduanas, por lo cual es necesaria la asesoría de un agente aduanero, quien le indicará la clasificación tributaria según producto, la carga tributaria aplicable y las notas técnicas de importación (permisos).

La aprobación de los permisos depende exclusivamente del cumplimiento de las leyes y requisitos exigidos por las instituciones encargadas de las autorizaciones, en el caso de alimentos, el Ministerio de Salud y/o el Ministerio de Agricultura y Ganadería serán las autoridades competentes.

Mediante el Sistema de Tecnologías de la Información para el Control Aduanero (Tic@), puede consultar de forma genérica, trámites, documentación y demás información necesaria para su importación: https://www.hacienda.go.cr/tica/web/hdbaranc.aspx

Directorio de Agencias Aduaneras:

http://actualidadaduanera.com/main.php?artid=535&catid=14&template=art_list.tpl

http://www.directorioscostarica.com/app/cms/www/index.php?level=3&id=975

Los permisos para la importación también llamados notas técnicas dependen de la partida arancelaria del producto. Para conocer con exactitud los requisitos de importación se debe conocer la partida arancelaria y contactar al agente aduanal.

Notas técnica vinculada con el sector alimentario: Nota técnica 50 (Importación)

Autorización de desalmacenaje.

Dependencia: Ministerio de Salud, Departamento de control de alimentos.

Para comercializar, importar y distribuir alimentos con un nombre determinado y marca de fábrica y las materias primas alimentarias, se debe obtener previamente su registro.

Solamente se podrán registrar los alimentos importados que sean de libre venta en el país de origen. La inscripción no excluirá la responsabilidad plena de las personas físicas o jurídicas que hayan fabricado, elaborado o importado el alimento en cuanto a su garantía sanitaria, calidad nutritiva e inocuidad. El Ministerio podrá condicionar el registro de un alimento al análisis de la información técnica y científica que en cada caso requiera.

Luego del registro, se debe tramitar la Autorización de Desalmacenaje.

Los alimentos importados temporalmente, las muestras sin valor comercial, las materias primas y los aditivos alimentarios; quedan exentos de este trámite sin perjuicio de los controles que ejercen las autoridades de salud sobre ellos. Sin embargo aquellos productos que se clasifiquen como precursores o sustancias químicas esenciales, deberán acatar la normativa vigente para este tipo de producto.

El Ministerio de Hacienda establece el Arancel Nacional para la importación de mercancías y servicios.

Los valores que aplican para cada mercadería pueden ser consultados en el sitio http://www.hacienda.go.cr/ArancelNet/Indice.aspx

El Servicio Fitosanitario del Estado (SFE) controla y regula el intercambio comercial de productos agrícolas tanto en la importación como para la exportación, el registro, control y regulación de sustancias de uso agrícola.

Más información en http://sfe.go.cr/SitePages/Inicio.aspx

El ente responsable de la Salud Animal en Costa Rica es el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA). El control sanitario de alimentos de origen animal depende de la Dirección de Cuarentena Animal.

Más información en: http://www.senasa.go.cr/senasa/sitio/index.php/subsecciones/view/124

El sector alimentario cuenta con una serie de reglamentos técnicos que regulan el etiquetado de los mismos:

• La Ley N° 5292 adopta como obligatorio el Sistema Internacional de Medidas (SI), el cual debe ser utilizado en el etiquetado de los productos alimenticios preempacados.
• El Decreto Ejecutivo Nº 37294 COMEX-MEIC-S establece los requerimientos para el etiquetado de los aditivos alimentarios que se venden como tales.
• El Decreto Ejecutivo N° 33371 COMEX-MEIC-S establece el procedimiento para la determinación del contenido neto de los productos preempacados, aplicable a los alimentos.
• El Decreto Ejecutivo N°-37280 establece los requerimientos para el etiquetado de los alimentos preenvasados.
• El Decreto Ejecutivo N° 36463 COMEX-MEIC-S establece el sistema de Unidades Legales de Medida, que se deben utilizar en la expresión de cantidades así como del contenido neto y escurrido de los alimentos preenvasados.
• El Decreto Ejecutivo N° 37100-COMEX-MEIC-S establece los requerimientos para el etiquetado nutricional de los alimentos preenvasados.

Más información: https://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/tramites-ms/registro-de-productos-de-interes-sanitario-ms?id=635

Ventanilla Única

La Ventanilla Única de Comercio Exterior –VUCE– es el organismo encargado de velar por la centralización y simplificación de los trámites de importación y exportación.

http://www.procomer.com/es/ventanilla-unica-comercio-exterior

Según el reglamento de Costa Rica, todo producto distribuido debe contar con los siguientes aspectos:

– Nombre del alimento: debe indicar la verdadera naturaleza del alimento.

– Lista de ingredientes: enlistar todos los ingredientes por orden decreciente

– Contenido neto y peso escurrido: en volumen, para los alimentos líquidos; en peso, para los alimentos sólidos; en peso o volumen, para los alimentos semisólidos o viscosos.

– Registro Sanitario del Producto: se podrá utilizar la frase “Registro Sanitario” y abreviaturas como Reg. San., RS, entre otras.

– Nombre y dirección: del exportador para los productos nacionales

– País de origen del alimento

– Identificación del lote

– Fecha de vencimiento e instrucciones para la conservación.


A continuación se muestra un ejemplo de la etiqueta de un producto:

Según este decreto, el marcado de la fecha de vencimiento solo admite ciertas frases o abreviaturas entre ellas están:

– Fecha de vencimiento.

– Consumirse antes de

– Vence

– Fecha de caducidad

– Expira el

– EXP

– Vence.

– V.

– Cad.

– Ven.

– O cualquier otra frase que indique claramente al consumidor la fecha de vencimiento del producto.

Más información en:

Ministerio de Hacienda de Costa Rica

http://www.hacienda.go.cr/contenido/13227-informacion-de-interes-para-tramites-aduaneros

Directorio de Agencias Aduaneras:

http://actualidadaduanera.com/main.php?artid=535&catid=14&template=art_list.tpl

http://www.directorioscostarica.com/app/cms/www/index.php?level=3&id=975

Ministerio de Salud

https://www.ministeriodesalud.go.cr/

Ministerio de Agricultura y Ganadería

http://www.mag.go.cr/

Atajos

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