En el marco de la RESFC-2022-5-APN-SCS#MS se pone en marcha el reconocimiento oficial de entidades certificadoras.
Dicho reconocimiento tiene por fin contar con un listado de entidades que certifiquen alimentos que cumplan con la definición de atributo vegano.
Las entidades u organismos interesados que certifiquen productos alimenticios con el atributo vegano en la República Argentina para ser reconocidas oficialmente deberán presentar la solicitud utilizando la plataforma de TAD.
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LAS ENTIDADES CERTIFICADORAS PARA EL ATRIBUTO VEGANO
Todas las Entidades u Organismos reconocidas oficialmente como Entidades Certificadoras para el Atributo Vegano deben:
Asimismo deberán:
a) Permitir el acceso a sus oficinas e instalaciones, y proporcionarle toda la información y asistencia que éste considere necesaria.
b) Realizar la renovación del reconocimiento oficial previa a la fecha de vencimiento, a través de la presentación de la Nota de renovación, Declaración Jurada y documentación correspondiente que se haya actualizado o modificada en el transcurso de ese período.
c) Notificar los cambios en la estructura organizacional de la entidad.
d) Notificar para su aprobación, los cambios en las normas de la entidad previamente a su puesta en vigor.
e) Notificar de inmediato, para su aprobación, los cambios en el cuerpo de inspectores.
f) Presentar un informe con el resumen anual de sus actividades de acuerdo al detalle requerido.
Para solicitar el reconocimiento como entidad certificadora para el atributo vegano en alimentos, debe iniciar el trámite a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), según se indica en el siguiente enlace: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5944