¿Cómo hacer para... |
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Información sobre los requisitos necesarios para efectuar trámites relacionados con la producción, elaboración y comercialización de productos alimenticios. Está orientado a quienes protagonizan los procesos que van desde el campo a la góndola, y quienes tengan interés en algún tema específico pueden hacernos llegar su consulta o sugerencia vía fax (011) 4349-2097 o : alimento@sagyp.mecon.gov.ar. |
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...habilitar transporte para productos, subproductos y derivados de origen animal? Los vehículos que transporten productos o subproductos de origen animal para establecimientos con habilitación nacional deberán contar con equipamiento especialmente acondicionado, y ser habilitados por el SENASA. La habilitación se relaciona con las características de la caja de carga, contenedor o cisterna y con los sistemas de enfriamiento.
Tramitación:
Arancelamiento El arancel a abonar en el SENASA varía de acuerdo a la categoría: Categoría A: $125 Categoría B: $100 Categoría C: $ 75 Una vez aprobada la habilitación, esta podrá ser requerida por el SENASA u otra autoridad competente, en cualquier momento. La habilitación tiene validez durante un año y puede ser revocada si no se cumple con la reglamentación. Los transportes habilitados deberán exhibir, en la parte posterior y en ambos laterales de la caja, contenedor o cisterna, en forma legible, en letras y números arábigos de una altura no inferior a ocho centímetros, la siguiente leyenda: TRANSPORTE DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS- SENASA Nº ------. En caso de tratarse de vehículos para transportar subproductos incomestibles, la leyenda a utilizar será TRANSPORTE DE SUBPRODUCTOS INCOMESTIBLES- SENASA Nº ------- Normativa El Decreto Nº 4238/68, Capítulo 28, reglamenta la habilitación de vehículos para trasnportar sustancias alimenticias. |
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Dirección de Industria Alimentaria
S.A.G.P. y A.
Tel: ( 54 11) 4349-2253
Fax: ( 54 11) 4349-2097 |
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