¿Cómo hacer para...

Información sobre los requisitos necesarios para efectuar trámites relacionados con la producción, elaboración y comercialización de productos alimenticios. Está orientado a quienes protagonizan los procesos que van desde el campo a la góndola, y quienes tengan interés en algún tema específico pueden hacernos llegar su consulta o sugerencia vía fax (011) 4349-2097 o : alimento@sagyp.mecon.gov.ar.

...habilitar establecimiento lácteo?

El trámite se realiza en el SENASA-Coordinación General de Establecimientos Lácteos y Apícolas
Paseo Colón 367 6ºpiso
Ciudad de Buenos Aires
Horario: de 10.00 a 13.00 y de 14.00 a 16.00 hs.
Teléfonos: (011) - 4342-2781

Documentación necesaria:

  • Dos (2) copias del plano de la planta escala 1:100, indicando las dependencias y ubicación de los equipos fijos, instalaciones, iluminación y ventilación.

  • Memoria descriptiva de los procesos de elaboración de productos indicando capacidad instalada, estado edilicio, abastecimiento de materia prima y toda otra información que al respecto le sea requerida. Es válida la fotocopia de la monografía para la aprobación del producto.

  • Copia del plano y memoria descriptiva del sistema de evacuación de aguas servidas y productos de desecho, como así también de los desagües industriales, aprobados por la autoridad Municipal, Provincial o Nacional competente.

  • Fotocopia del protocolo de análisis físico-químico y bacteriológico del agua, avalado por un organismo oficial.

  • Fotocopia de la documentación que acredite propiedad, locación o comodato del establecimiento, certificada por Escribano Público Nacional, Juez de Paz o entidad bancaria autorizada.

  • Fotocopia de los estatutos sociales (si se trata de personas jurídicas) certificada por Escribano Público Nacional, Juez de Paz o entidad bancaria autorizada.

  • Fotocopia del CUIT del titular.

  • Fotocopia legalizada del certificado de habilitación o Radicación Municipal.

  • Fotocopia del título del Profesional Director Técnico, en aquellos casos en que corresponda.

  • Un libro de actas para ser rubricado.

Habilitación de depósitos

El interesado deberá presentar la memoria descriptiva del flujo de circulación de productos, indicando condiciones de ingreso y salida de mercadería, temperaturas y tiempos de conservación, materiales de construcción y revestimiento de cámaras y depósitos.

Cada uno de los documentos presentados deberá estar debidamente firmado por el propietario de la empresa o, en su defecto, por un apoderado legal debidamente acreditado mediante autorización certificada por Escribano Público Nacional.

Toda la documentación tiene carácter de Declaración Jurada.

Normativa

El Decreto Nº 2687/77 fija las condiciones mínimas requeridas para el funcionamiento de las plantas elaboradoras de productos lácteos.

Tráfico Nacional

Si las plantas elaboradoras y/o depósitos solicitan solamente habilitación e inscripción para tráfico federal y/o provincial las tramitaciones deben diligenciarse en los Ministerios de Agricultura y Ganadería de las provincias con las cuales el SENASA tiene firmados Convenios (Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y La Pampa). Los requisitos son iguales a los ya mencionados. Para las restantes provincias, el trámite se inicia en la Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas del SENASA, que otorga la habilitación e inscribe para tráfico federal.

 

Tráfico Internacional

Algunos países tienen otras exigencias a las que deben ajustarse quienes deseen exportar. El SENASA verifica en las inspecciones no sólo el cumplimiento de la normativa nacional sino también el de la extranjera.

Una vez habilitado el establecimiento para tráfico internacional se da aviso a las distintas autoridades sanitarias del Exterior (Unión Europea, Brasil) para que la empresa sea incorporada a los registros correspondientes.

El SENASA le otorga a la empresa un registro compuesto por una letra correspondiente a la provincia (se utiliza el viejo sistema de patentamiento automotor), una segunda letra ¨I¨ para tráfico internacional, ¨F¨ para tráfico federal, ¨P¨ para tráfico provincial y, finalmente, un número de cinco dígitos que es único para cada establecimiento.

Ej. B I F P 00001 donde:
B
. corresponde a la provincia de Buenos Aires
I: indica tráfico internacional
F: indica tráfico federal
P: indica tráfico provincial

El arancel es único y se abona en el momento de iniciar el trámite. Actualmente es de:

$ 500 para las plantas que procesan menos de 100.000 litros diarios;

$ 750 para las plantas que procesan entre 100.000 y 1.000.000 de litros diarios

$ 1000 para las plantas que procesan más de 1.000.000 de litros diarios

Si todo está correcto, el trámite demora entre 30 y 45 días.

Una vez habilitada la planta, para exportar un producto lácteo la empresa debe presentar ante la Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas de SENASA una solicitud de inspección y toma de muestra en la que se especifica el tipo de producto que se va a exportar, su volumen, el destino, el precio FOB, el establecimiento elaborador y el lugar de muestreo y verificación. Los análisis se realizan en el Laboratorio Central del SENASA, ubicado en Av. Fleming 1653, Martínez, Provincia de Buenos Aires, donde se emite la Certificación de Calidad correspondiente que debe acompañar la partida exportada.

Fuente: Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas. SENASA.


Dirección de Industria Alimentaria

S.A.G.P. y A.

alimentos@minagri.gob.ar

Tel: ( 54 11) 4349-2253

Fax: ( 54 11) 4349-2097


Articulo en PDF

Página Principal