¿COMO HACER PARA... |
Información sobre los requisitos necesarios para efectuar todo tipo de trámites relacionados con la producción, la elaboración y la comercialización de productos alimenticios. Quienes tengan interés en algún tema específico pueden hacernos llegar su propuesta a la dirección, fax o E-mail que figuran en la página 2. Cuanto más responda la sección a los requerimientos de los productores, más útil resultará su servicio. ...HABILITAR UN FRIGORÍFICO DE AVES? El Decreto Nº 4238/68 establece las condiciones y los requisitos para instalar un establecimiento con habilitación nacional dedicado a elaborar productos, subproductos y derivados de origen animal, entre ellos aves y huevos. La Dirección de Fiscalización de Productos Animales del SENASA, a través de la Coordinación de Aves encargada de la habilitación de las plantas, brinda asistencia y orientación al empresario para presentar correctamente la documentación. Los establecimientos avícolas con habilitación nacional, otorgada por el SENASA, están autorizados a expender carne de aves con la identificación del mismo. La reglamentación vigente incluye especificaciones para plantas de clasificación de huevo fresco, de procesado de huevo líquido y en polvo:
A continuación, se detallan los requisitos para gestionar la habilitación de un establecimiento faenador, industrializador, procesador o almacenador de productos, subproductos y derivados de origen avícola:
Se debe señalizar con líneas de colores el recorrido del proceso hasta la obtención del producto final, e identificar cada ambiente dentro de la planta.
Una vez presentado el material se realiza un estudio de factibilidad técnica, analizando planos y memorias descriptivas, desde el punto de vista higiénico-sanitario. Cuando el establecimiento cuenta con planos y memorias aprobados, se solicita por nota la visita de inspección a la planta. La misma se efectuará previo pago del canon ($254) en concepto de derecho de habilitación. Corroborada la veracidad de planos y memorias, la empresa interesada debe presentar la documentación que se detalla a continuación:
Cumplimentados los pasos anteriores, se concederá la habilitación, con un número oficial. La empresa deberá presentar dos libros de actas, tamaño oficio, de doscientas hojas, a efectos de ser rubricados y abonar un depósito en garantía equivalente a tres tasas sanitarias mensuales. Si la habilitación comprende más de un rubro gravado con tasa fija, la asignación mensual se determinará sobre la base del rubro con la tasa más alta. El establecimiento habilitado deberá abonar mensualmente la tasa sanitaria, de acuerdo a su actividad:
El SENASA puede proponer sugerencias a lo requerido para otorgar la habilitación, según los avances tecnológicos, la diversificación de productos a desarrollar y los volúmenes de faena. Actualmente existen 69 plantas de faena con habilitación del SENASA, de las cuales 52 se encuentran operando. Otras 20 cuentan con habilitación provincial y/o municipal. Del total de frigoríficos habilitados, 20 realizan el trozado del pollo y 4 tienen desarrollada la línea de producción hasta el nivel de precocidos. Cuatro plantas han obtenido certificaciones sobre el aseguramiento de la calidad: tres cuentan con el sistema HACCP (Análisis de riesgos y puntos críticos de control) y una de éstas últimas con la certificación ISO 9001. La documentación debe ser presentada en la Mesa de Entradas del SENASA. Paseo Colón 367 Capital. Consultas: Paseo Colón 367 6º piso, oficina GIPA. Coordinación de Aves. Dr. Ricardo Maggi. Horario de atención: de 9:30 a 13 y de 14 a 16 hs. Teléfono: (01) 345-4112/4110 int. 1614 FUENTES: SENASA, Coordinación de aves - Decreto Nacional Nº 4238/68 - "La avicultura en cifras", SAGPyA. |
Dirección de Industria Alimentaria
S.A.G.P. y A.
Tel: ( 54 11) 4349-2253
Fax: ( 54 11) 4349-2097 |
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