Producción orgánica certificada EL SISTEMA ARGENTINO DE CONTROL |
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La degradación de los recursos naturales provocada por excesos en el uso de agroquímicos y malas prácticas de manejo del suelo, indujo a rescatar antiguos métodos y considerar alternativas de producción de alimentos que dieran prioridad al cuidado del ambiente. Surgió así una fuerte corriente que propugna la obtención de productos alimenticios basados en la aplicación de un conjunto de técnicas tendiente a mantener o aumentar la fertilidad del suelo y a proteger la diversidad biológica. Estos métodos se apoyan en la observación y conocimiento de los ciclos naturales de los elementos y de los seres vivos. Las plagas, malezas y enfermedades que afectan a cultivos y animales son controladas sin apelar a la utilización excesiva de productos provenientes de síntesis química. Bien instrumentado, este sistema de producción alcanza el objetivo planteado y eficientiza el uso de la energía aplicada en el mismo; por consiguiente, los beneficiarios de dicha eficiencia son los productores y la sociedad toda. SURGEN LAS NORMAS La creciente aceptación de los productos así obtenidos, que se denominan orgánicos, ecológicos o biológicos (términos sinónimos para el sistema argentino) fue impulsando a su vez el surgimiento de normas destinadas a asegurar la legitimidad de estos alimentos y a apoyar el desarrollo del sistema. Actualmente existen referentes internacionales tanto de nivel oficial (Unión Económica, EE.UU), como en forma de Organizaciones No Gubernamentales (IFOAM) que apuntan a legislar y promover el crecimiento de la producción orgánica. En 1991 el Consejo de las Comunidades Europeas adoptó el Reglamento 2092, que regula la producción agrícola ecológica y su etiquetado. Es de aplicación obligatoria en todos los países miembros y en aquellos terceros países que desean exportar a la Unión Económica. Paralelamente, otras naciones (EE.UU., Israel, Australia, etc.) también han comenzado a desarrollar normas que regulan sus propios sistemas y los requisitos para la importación. Dentro de América del Sur, la Argentina ha sido pionera en esta materia, ya que fue el primer país en desarrollar normas oficiales. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), organismo surgido de la fusión del ex IASCAV y del ex SENASA, dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, es la entidad oficial que tiene a su cargo la supervisión del sistema de control de calidad de la producción orgánica. Elabora y actualiza las normas que amparan este tipo de producciones, brinda transparencia y asegura la calidad a los consumidores internos y externos, respondiendo a las exigencias internacionales. Rigen el sistema la Res. S.A.G. y P. 423/92 y anexos (del ex IASCAV ), y la Res. SENASA 1286/93 y anexos, (del ex SENASA). EL ACCIONAR DEL SENASA En su carácter de autoridad máxima dentro del sistema de control, el actual SENASA habilita a las empresas certificadoras aspirantes, que deben cumplimentar los requisitos establecidos en la normativa correspondiente: Res. 068/94 del ex SENASA y Res. 82/92 del ex IASCAV. Son estas empresas las que, a solicitud de los productores, certifican al establecimiento y a su producción como ecológicos. A su vez, el SENASA supervisa las entidades inscriptas y habilitadas por medio de auditorías periódicas en sus oficinas, recaba toda la información vinculada al proceso de certificación y recibe informes de las actividades desarrolladas por éstas. También visita las unidades productoras/transformadoras, verificando los lotes en producción, los antecedentes de los cultivos y de los animales, las técnicas empleadas, los planes de producción, los métodos de control de plagas, malezas y enfermedades, etc., incluyendo las condiciones de transformación y comercialización. Las empresas habilitadas limitan sus actividades exclusivamente a la certificación, y no pueden desarrollar tareas de asesoramiento ni intervenir en la comercialización. Si un productor/elaborador desea certificar su producción como orgánica, el primer paso es acercarse al SENASA a fin de conocer las exigencias de la normativa oficial y recibir un listado de las entidades certificadoras habilitadas. Luego deberán tomar contacto con dichas empresas a fin de concretar el convenio para el seguimiento de su producción. Por su parte, las empresas o entidades públicas que aspiren a certificar, también deben concurrir al SENASA para recibir una copia de los requisitos normativos e iniciar el trámite de habilitación. |
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Dirección de Industria Alimentaria
S.A.G.P. y A.
Tel: ( 54 11) 4349-2253
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