Presentamos a las dos empresas elaboradoras de dulce de leche que han elegido el camino de la diferenciación a través del Sello “Alimentos Argentinos, una elección natural”, y lograron un producto con los atributos que permiten distinguirlo por su óptima calidad. Características y exigencias del Protocolo de Calidad que debieron cumplir.

La introducción del Protocolo de Calidad para Dulce de Leche publicado por la SAGPyA a través de la Resolución Nº 798/06 expresa: “El Dulce de Leche es un producto que forma parte del patrimonio gastronómico y cultural de nuestro país, y en el exterior es reconocido y relacionado con Argentina. Sumado a ello, las tendencias en los distintos mercados hacia el incremento del consumo de productos diferenciados, de alta calidad de las materias primas y/o ingredientes que lo conforman, junto con la información de su proceso de elaboración y su origen geográfico, resaltan la importancia de generar una identificación para este producto autóctono”. Actualmente son dos las empresas nacionales elaboradoras de dulce de leche que han logrado la cesión del derecho de uso del Sello “Alimentos Argentinos, una elección natural” por parte de la Secretaría.

 

Dulce de leche La Paila

Andyson S.A. recibió el derecho de uso de la marca para su producto Dulce de Leche Familiar (clásico) en diciembre de 2006, por la Resolución SAGPyA Nº 904/2006 (B.O. 31078).

La empresa es un emprendimiento familiar con más de 30 años en el rubro agropecuario, que explota su propio tambo. Es una industria PYME ubicada en Pilar, provincia de Buenos Aires.

Produce entre 90 y 110 toneladas de dulce de leche por mes, y destina al mercado externo más del 80 % de su producción.El establecimiento productor aplica el Sistema de “Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control” (HACCP), y ha obtenido el más alto nivel en la certificación BRC (Global Standard Food), emitido por la firma certificadora SGS United Kingdom Ltd.

Además, la empresa está implementando un Sistema de Gestión Ambiental bajo normas ISO 14000.

“Para nosotros el sello es una herramienta de varios usos, en primer lugar refuerza la idea de “producto Argentino”. Es común que los clientes extranjeros asocien la Argentina con “Tango” o “Patagonia”, y poder ofrecer un producto diferenciado con aval oficial es un activo muy importante. Además, nos coloca en pie de igualdad con países que tienen sellos de diferenciación, que son muy valorados por los consumidores del “Primer mundo”, y que cuando ven el Sello Argentino, entienden lo que implica.

Otro punto importante es que, en especial para las PYMES, el proceso de implementación del Sello, al ser un sistema de control y gestión de calidad, ayuda a ordenar la empresa, ya que para cumplir con los requisitos del protocolo, todo el establecimiento debe formar un equipo de trabajo. Eso también es una ventaja.

Por lo demás, la presencia en los eventos organizados por la Dirección Nacional de Alimentos, muestra un gran compromiso con la promoción y difusión del Sello de diferenciación. Para nosotros constituye una gran ayuda porque nos ubica en una vidriera importante.

Como tarea a futuro, considero que se debe trabajar con el consumidor local, para que entienda cabalmente la importancia y la seguridad que transmite un sello de diferenciación en los productos que consume”.

Leslie Widderson - Andyson S.A.

Más información: www.lapaila.com.ar

 

Dulce de leche La Salamandra

La Salamandra S.A. recibió el derecho de uso de la marca para su producto Dulce de Leche Tradicional en mayo de 2007, por Resolución SAGPyA Nº 188/2007 (B.O. 31163).

La empresa se dedica desde 1991 a la elaboración de productos lácteos en la localidad de Exaltación de la Cruz, provincia de Buenos Aires. Cuenta con dos plantas, equipadas con moderna tecnología, en las que fabrican productos gourmet (dulce de leche y quesos de vaca, búfala y de cabra).

La firma apuntó principalmente a la comercialización en el mercado interno, y se ha fijado como meta crecer en el mercado externo.

La planta cuenta con certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) bajo la norma IRAM 14102/14103. Además, la producción es realizada dando cumplimiento al Sistema “Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control” (HACCP).

“Estamos muy orgullosos de llevar bien altos los colores argentinos por el mundo y poner nuestro grano de arena para desarrollar el inmenso potencial que tiene nuestro país para convertirse en un verdadero “supermercado” de productos alimenticios sofisticados y de la más alta calidad”.

Mariana Crespo - La Salamandra S.A.

Más información: www.lasalamandra.com.ar

 

Protocolo de calidad para el dulce de leche

El protocolo fue aprobado por Resolución SAGPyA Nº 798/2006, el 22 de noviembre de 2006. Hace hincapié en el método de obtención de la leche y las características de la misma, ya que la calidad de la leche constituye un factor clave para llegar a un producto final diferenciado.

Los protocolos son elaborados por técnicos de la DNA y/o por consultores externos contratados para tal fin. Una vez armado el documento, es evaluado por la Comisión Asesora de los Alimentos Argentinos, integrada por miembros de diferentes organizaciones públicas y privadas: representantes de Cámaras Sectoriales, Fundación Exportar, Consejo Federal de Inversiones (CFI), SENASA, INAL, INTA, INTI, INV, Cancillería, entre otros.

La Comisión se encarga de las tareas de asesoramiento, apoyo y promoción del Sello “Alimentos Argentinos, una Elección Natural”.

Entre sus funciones principales se encuentran:

  • Recomendar las modificaciones que resulte necesario introducir en los protocolos que se establezcan, con el fin de mantener su permanente adecuación a los adelantos que se produzcan en la materia.
  • Fomentar la coordinación de acciones conjuntas para promover al Sello y a los productos cesionarios del mismo, tanto en el mercado interno como en el externo.

A continuación se describen algunos de los atributos definidos para el proceso, el producto y el envase del Dulce de Leche.

Atributos de producto

  • Los ingredientes únicos y obligatorios para la elaboración de Dulce de leche según este protocolo son: la leche bovina cruda, azúcar “de caña” común tipo A (Art. 768bis según CAA) y/o calidades superiores (comprendidas en Art. 768 según CAA), glucosa, bicarbonato de sodio y eventualmente vainilla o vainillina.
  • El sistema de alimentación de los animales, de los cuales se obtendrá la materia prima para el dulce de leche, debe basarse principalmente en el consumo directo o diferido de pasturas.
  • Se destaca que el tiempo entre ordeñe y elaboración sea inferior a 72 horas y que la temperatura de conservación durante la totalidad de este período tiene que ser menor a 6 °C.
  • Uno de los tantos parámetros de calidad definidos para la materia prima es la ausencia de aguado en la leche; este parámetro se da por cumplido si su punto de congelación es igual o menor a -0.518 °C.
  • Se prohíbe la presencia y el uso de aditivos, exceptuando al bicarbonato de sodio y/o potasio y a la vainillina/vainilla (optativo).

También se han definido atributos vinculados a parámetros microbiológicos y fisicoquímicos. Se mencionan algunos:

  • Proteínas: mínimo 5,0 % p/p. Responde a la calidad nutricional de la leche.
  • Grasa de leche: mínimo 6,0% p/p. Se asocia a la genuinidad del producto en base a los ingredientes utilizados, evitando el uso de material lipídico de otros orígenes.
  • No se admite la presencia de suero en polvo de cualquier origen, ni de grasas de procedencia no láctea.

Atributos de proceso

El protocolo incluye condiciones referidas a la producción primaria, de manera de asegurar la calidad de la materia prima, como la implementación de las Buenas Prácticas Pecuarias (BPP). También se ha optado por la implementación del sistema “Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control” (HACCP) en cada etapa del proceso de elaboración del Dulce de Leche.

En referencia a la elaboración del producto se ha destacado el uso de una metodología para evitar la cristalización del mismo, y de esa manera obtener un dulce de leche sin granulosidad.

Por otro lado, las condiciones de transporte y almacenamiento deberán respetar lo establecido en el sistema de aseguramiento de la inocuidad y calidad aplicado.

Atributos de envase

Para este protocolo se admite el uso de envases de vidrio, recomendando la transparencia del mismo para que pueda apreciarse el producto. También se permite el uso de envase metálico (hojalata) con un diseño y presentación adecuados.

Mercado externo

El dulce de leche es un producto destinado principalmente al mercado interno, aunque en los últimos años ha ganado espacio en el comercio exterior de productos lácteos. Entre los mercados-destino de las empresas con derecho al uso del Sello pueden mencionarse Estados Unidos, la Unión Europea (España, Inglaterra, Italia, Alemania, Noruega, Suecia), Siria, Israel, Emiratos Árabes, Canadá, India, Shangai, Singapur, Chile, México, Costa Rica, Perú.

Estas exportaciones son de volúmenes pequeños pero dirigidos a numerosos destinos, con un alto valor agregado.

Es digno destacar que Andyson S.A. y La Salamandra S.A. , las dos empresas cesionarias del Sello, elaboran su dulce con leche recién ordeñada, sin conservantes, manteniendo las virtudes naturales de la leche y bajo estrictos controles de calidad. Estos ejemplos ponen de manifiesto que los productos de calidad diferenciada se pueden saborear tanto en Argentina como en diferentes lugares del mundo, y ubican así en la vidriera internacional parte de nuestra cultura y tradición.

 

...Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos

...Subsecretaría de Política Agropecuaria y Alimentos
...Dirección Nacional de Alimentos

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