Control de Alimentos

Cambios en el panorama

Nuestro país cuenta con un intrincado régimen normativo e institucional dedicado a preservar la salud de los consumidores y garantizar reglas mínimas para un comercio transparente. La complejidad del sistema, con superposición de regulaciones y controles, derivó en la necesidad de ordenar las incumbencias de cada actor del sector público en el control de los alimentos.

Basado en esta premisa, el Decreto 815/99 del Poder Ejecutivo Nacional estableció el Sistema Nacional de Control de Alimentos (SNCA) con el objetivo de asegurar el fiel cumplimiento del Código Alimentario Argentino (CAA), derogando el Decreto 2194/94 que establecía un régimen similar para el control de los alimentos y sus establecimientos productores. El Decreto 815/99 delimitó las competencias de los organismos nacionales tañes como el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Alimentaria (SENASA) y el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y creó la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL).

El Código Alimentario Argentino (CAA)

El Decreto 815/99 establece que el Código Alimentario Argentino (Ley 18.284/1969 y Decreto 2126/1971) es la norma fundamental del SNCA, debiéndose incorporar al Código toda la normativa vigente que haga a la elaboración, transformación, transporte, distribución y comercialización de todos los alimentos para el consumo humano.

Con anterioridad a este Decreto la actualización del CAA, estaba encomendada al Poder Ejecutivo Nacional (Artículo 20 de la Ley 18.284), quien por Decreto 2584/77 había delegado esta función en el Ministerio de Salud.

En la actualidad, la CONAL propone las modificaciones del CAA que se realizan a través de resoluciones conjuntas del titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos y de la Secretaría de Política y Regulación de Salud (SPyRS), dependiente del Ministerio de Salud.

La Comisión Nacional de Alimentos (CONAL)

La Comisión Nacional de Alimentos es un organismo eminentemente técnico que se encarga de las tareas de asesoramiento, apoyo y seguimiento del SNCA. Para su creación, sirvió de antecedente la Comisión Nacional del Código Alimentario establecida por el Decreto 2194/94.

Dentro de sus facultades, se encuentran las de velar para que los integrantes del SNCA hagan cumplir el CAA en todo el territorio nacional, y la de proponer las modificaciones necesarias tomando como referencia las normas internacionales y los acuerdos del MERCOSUR.

Entre otras competencias, la CONAL puede recomendar requisitos, procedimientos y plazos para ejecutar las distintas inspecciones y/o habilitaciones tanto de establecimientos como de productos, impulsar la puesta en marcha del Registro Único de Productores y Establecimientos, incentivar el control coordinado de alimentos en bocas de expendio y recomendar la unificación de tasas, sanciones y aranceles en todo el país.

La CONAL está integrada por un representante de la SAGPyA, un representante de la SPyRS, un representante de la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor (autoridad de aplicación de las Leyes Nº 22.802 de Lealtad Comercial y Nº 24.240 de Defensa del Consumidor), dos representantes del SENASA, dos representantes de la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos Alimentos t Tecnología Médica) y tres miembros designados entre las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de modo tal que representan a las distintas regiones del país.

La presidencia del organismo es ejercida alternadamente por la SAGPyA y la SPyRS por el período de un año. Durante el año 2002 esta función la ejercerá la SAGPyA.

El SNCA se completa con el Consejo Asesor de la Comisión Nacional de Alimentos, integrado por representantes del sector privado, que conforman tres representantes de la industria alimentaria, un representante de las PyMES alimentarias, dos de los consumidores y uno de los trabajadores de las industrias productoras de alimentos. De acuerdo a la complejidad de los temas que aborda, la CONAL puede invitar a especialistas a que integren temporalmente el Consejo Asesor.

LA NORMATIVA, A SU ALCANCE

En la página web ww.sagpya.mecon.gov.ar ingresando en Alimentación y luego en Normativas Alimentarias, pueden ser consultados el Código Alimentario Argentino y el Decreto 815/99. También se accede a toda la información necresaria acerca de normativas relacionadas con el sector agroalimentario:

  • El CODEX ALIMENTARIUS.
  • Resoluciones MERCOSUR.
  • Normativas para la Producción Orgánica.
  • Ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones de Procedencia.
  • Y un enlace con INFOLEG, donde pueden revisarse el Boletín Oficial y los textos de todas las normas posteriores a 199

Mayor información en el teléfono (011)-4349 -2789.
o el e-mail calidad@sagpya.minproduccion.gov.ar

Un instrumento para reordenar

Hoy más que nunca los motivos que determinaron la sanción del Decreto 815/99 tienen plena vigencia. Los consumidores, el sector agroalimentario nacional y los organismos competentes en la aplicación de las normas buscan certezas y seguridad respecto de la comercialización de los alimentos. Se requiere para ello un ordenamiento claro, ágil y eficaz que se adecue a las exigencias de los consumidores, a la innovación permanente de las cadenas agroalimentarias, y a los adelantos científicos y tecnológicos.

Es razonable pensar que si nuestro país logra desarrollar un moderno sistema de fiscalización de los alimentos que consume su población, nuestros clientes externos contarán con un excelente indicador de garantía para los productos que exportamos a todo el mundo. Para lograr este objetivo, la clave radica en que los agentes del sector agroalimentario adopten la responsabilidad de la calidad de los alimentos que producen, elaboran, transportan y/o comercializan.

El SNCA, aunque perfectible, es el instrumento con que cuenta actualmente Argentina para poder lograr el reordenamiento y generar las oportunidades que permitan relaciones más eficientes entre los actores de las diversas cadenas agroalimentarias.

La Dirección Nacional de Alimentación (DNA) viene realizando arduos esfuerzos por lograr un funcionamiento que pueda dar respuesta a las actuales circunstancias y necesidades.

Se ha presentado una propuesta de estatuto de funcionamiento y de trabajo que facilite la labor y permita disponer de información oportuna y relevante de los temas a tratar en las reuniones. De este modo se apunta a agilizar su funcionamiento y a facilitar las respuestas a los requerimientos del sector privado y de los consumidores.

 

 

Dr. Pablo Morón - Ing. Alim. Juan M. Alderete


Dirección de Industria Alimentaria - S.A.G.P. y A.

alimentos@minagri.gob.ar


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